lunes, 25 de marzo de 2019

Actividades UNIDAD 4. Prestaciones de la Seguridad Social: La Incapacidad Temporal


Prestaciones de la Seguridad Social.

La Incapacidad Temporal.




   La incapacidad temporal se produce cuando un trabajador que tiene acceso a prestaciones por parte de la Seguridad Social, sufre una baja laboral por accidente o baja laboral por enfermedad. Estas prestaciones consisten en un subsidio que se percibe diariamente, durante el tiempo que se mantiene la baja laboral de esta manera. Hay dos tipos de contingencias que se pueden percibir:

   1) Las percepciones por contingencias comunes, se producen cuando la persona afectada está enferma o ha sufrido un accidente, no relacionado con su actividad laboral y tiene derecho a un subsidio. Para percibir esta prestación debe de tener al menos 180 días cotizados dentro de los últimos cinco años anteriores a la baja laboral. Las prestaciones recibidas se perciben de la siguiente manera: Del primer al tercer día de la baja, no se percibe nada, del cuarto al vigésimo día inclusive, se percibe un 60% de la Base reguladora, a partir del vigesimoprimer día se percibe el 75% de la base reguladora. La empresa paga esta prestación hasta el decimoquinto día y la entidad gestora a partir del decimosexto día.

   2) Las percepciones por contingencias profesionales, se producen cuando la persona afectada ha sufrido un accidente (accidente laboral) o enfermedad relacionada con su actividad laboral (Enfermedad profesional). Para percibir esta prestación no se necesita tener tiempo mínimo de cotización. Las prestaciones recibidas se perciben de la siguiente manera: El primer día se percibe el salario íntegro pagado por la empresa, desde el segundo día hasta que se termina la baja laboral, se percibe el 75% de la base reguladora. El sujeto responsable de realizar el pago es la entidad gestora.


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